Le calificaron 48%: por dos puntos no hay pensión

Cuando el dictamen queda justo por debajo del 50%, el porcentaje se puede controvertir.

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JULIÁN GARDEAZABAL S.

8/13/20261 min read

El caso

Un conductor de camión quedó con lesión lumbar tras un accidente laboral: dolor permanente, sin poder levantar peso ni permanecer sentado por horas. No podía volver a lo único que sabía hacer.

La calificación le dio 48%. Con eso no hay pensión de invalidez. Llegó con el dictamen en la mano: "¿dos puntos me dejan sin pensión?".

El concepto jurídico

El umbral es 50%, pero un dictamen se controvierte.

La calificación valora tres componentes: la deficiencia física, el rol laboral y ocupacional, y otros factores. Lo habitual es que la deficiencia esté bien medida y el componente ocupacional se evalúe a la ligera.

Ahí está el punto: una lesión lumbar no pesa igual en alguien de oficina que en un conductor de camión, cuyo oficio es incompatible con la limitación. Sustentado bien, el porcentaje se mueve.

También hay que revisar si se calificaron todas las patologías —es común que dejen fuera secuelas asociadas— y si la fecha de estructuración está bien fijada, porque de ella depende el conteo de semanas.

Si le calificaron por debajo del 50%

No deje vencer el término para recurrir. Es corto.

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